Muy interesante la historia que describe la Asociacion de inspectores del SOIVRE en su web:
El control de calidad del comercio exterior de España tuvo su origen en la vigilancia de la exportación naranjera, dada la importancia de los cítricos dentro del conjunto de las exportaciones españolas, ya que fue durante los primeros años del siglo XX la principal fuente de divisas del Estado.
Desde principios de este siglo se venía detectando una cierta preocupación por dos cuestiones importantes en la economía citrícola: la madurez de la naranja en los inicios de campaña y los efectos sobre las mismas de las heladas. Fueron las heladas de finales de 1926 lo que decidió al Gobierno a intervenir por primera vez en el control de las exportaciones de naranja. A tal fin, el 7 de Enero de 1927 se publicó una Real Orden por la que quedaba sujeta a inspección toda la naranja que se exportase al extranjero. Dicha Real Orden establecía la naturaleza y composición de los organismos inspectores correspondientes, llamadas Juntas Inspectoras, instaurando las siguientes: las Juntas Locales, las Juntas de Puerto y la Junta Central, representadas por cosecheros, exportadores e ingenieros agrónomos. La función inspectora de las citadas Juntas durante el invierno de 1927 fue un completo fracaso. Debido a la composición de las Juntas, el elevado número de componentes de las mismas, su carácter heterogéneo y la vinculación de sus miembros a fuertes intereses locales, las convirtieron en organismos importantes pero incapaces de cumplir la misión para la que habían sido creadas.
La convicción de que sólo aumentando la participación del Estado en los organismos inspectores se conseguiría un control satisfactorio de las exportaciones, condujo a la creación de las Juntas Fitopatológicas, que comenzaron a funcionar en octubre de 1927. Su mejor aportación consistió en que acordaron fijar las normas por las que debía regirse la inspección.
Un nuevo paso se dio con el Real Decreto de 18 de Abril de 1930, que establecía las condiciones que debía reunir la naranja para ser exportada al tiempo que transfería la inspección al personal técnico de las secciones agronómicas, relegando a los representantes de la producción y del comercio al papel de simples observadores sin facultad decisoria alguna. Una nueva helada, la de diciembre de 1933, puso de manifiesto la inoperancia de los sistemas de inspección mantenidos hasta el momento y la convicción de que fuese un servicio oficial creado exprofeso el que asumiese el control de la calidad de la exportación naranjera.
A esta realidad funcional se sumaba el hecho de la reciente creación del Ministerio de Industria y Comercio, desglosado del Ministerio de Agricultura, lo que planteaba entre ambos un problema de competencias sobre el comercio exterior de productos agrícolas. El hecho de que el valenciano Vicente Iborra, partidario decidido de mejorar la calidad de nuestra exportación naranjera, ocupara la Dirección General de Comercio precipitó los acontecimientos. Iborra, con el apoyo del sector exportador y de algunos técnicos, como el agrónomo Rafael Font de Mora, consiguió que el 21 de Agosto de 1934 se publicara el Decreto de Creación del “Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones Agrícolas al Extranjero (SOIVRE)”.
El personal técnico del SOIVRE tenía como cometidos específicos “desempeñar las funciones de regulación de las exportaciones, inspección y vigilancia de las mismas, fijación de calidades de los distintos productos enviados al extranjero, características de los envases y cuanto tienda a determinar las características requeridas para el envío de mercancías indígenas al extranjero”.
El 1 de Septiembre de 1934 una orden ministerial circunscribía la actuación del SOIVRE a la exportación de productos agrícolas en estado natural, al tiempo que delimitaba las zonas territoriales del servicio y fijaba las plantillas de funcionarios correspondientes a cada una de ellas. La creciente complejidad del comercio exterior español hizo necesaria la reorganización del SOIVRE. Tal era el objetivo del Decreto del Ministerio de Comercio de 21 de Noviembre de 1963, que se justificaba por la importancia en la exportación española de muchos productos no sometidos hasta entonces a control de calidad, por el establecimiento de controles de calidad en los países receptores y por la necesidad de garantizar la calidad de las importaciones que llegaban a España.
La ampliación de las competencias del SOIVRE tanto a las exportaciones como a las importaciones hicieron necesario el cambio de la denominación del Servicio, que paso a llamarse Servicio Oficial de Inspección y Vigilancia del Comercio Exterior. Asimismo, la extensión de las tareas inspectoras a un número progresivamente creciente de productos hizo necesarias las ampliaciones de plantillas inspectoras y la adaptación de la estructura del SOIVRE a las nuevas necesidades.
A las tareas inspectoras propias del SOIVRE en puertos y fronteras se añadieron en 1961 determinadas labores de control de los mercados exteriores con objeto de seguir de cerca la evolución de la oferta, los precios y la calidad de productos exportados. Desde entonces, los inspectores SOVRE están presentes en las Oficinas Económicas y Comerciales, y también en las representaciones permanentes de España ante la UE en Bruselas y ante la OMC y UNCTAD en Ginebra.
A las tareas tradicionales ejercidas por el SOIVRE se añade en 1985 la de aplicación del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) al ser nombrada la Secretaría General de Comercio Exterior Autoridad Administrativa Principal para su aplicación en España al entrar como país miembro en 1986 ya que desde 1977 venia emitiendo permisos de exportación para evitar que se cerraran los mercados a las manufacturas de piel españolas. Desde el 13 de junio de 2008, se amplían las competencias del SOIVRE al refuerzo de los mecanismos de control existentes en las aduanas españolas respecto a determinados productos industriales considerados como sensibles en cuanto al cumplimiento de la normativa de seguridad, entre los que se encuentran productos pertenecientes a los sectores del juguete, calzado, textil y pequeño material eléctrico. La Secretaría General de Comercio Exterior, a través del Servicio de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio efectúa, con carácter previo al despacho a libre práctica, actuaciones de control de la conformidad respecto a las normas aplicables en materia de seguridad y de etiquetado de ciertos productos a importar de terceros países.
En los últimos años y a causa de la creciente liberalización del comercio exterior, el ministerio de Comercio ha desaparecido como tal y se ha reducido a una Secretaría de Estado que se ha integrado en distintos ministerios: Economía y Hacienda, Economía, y en la actualidad en el de Industria, Turismo y Comercio. Aunque el SOIVRE como unidad orgánica hace tiempo que ha dejado de tener reconocimiento legal, mantiene dicha denominación debido a su arraigo en la comunidad exportadora. Para conocer al Cuerpo de Inspectores del SOIVRE actualmente, visita el apartado Inspectores del SOIVRE en su Web.