Como aplicar la nueva legislación de agua potable en industrias de frutas y hortalizas

Resumen para una industria conectada a la red de agua potable (no clora en la industria)

ANALISIS CONTROL EN GRIFO (Art 70 RD3/23 Anexo III)
FrecuenciaParámetrosFecha aplicación
SiempreEscherichia coli; Recuento de colonias a 22 ºC;Color; Turbidez;pH; Conductividad; Cloro libre residual; PlomoEn vigor
Cuando se realice cloraminaciónAdemás, se controlará: Cloro combinado residual; Nitritos y Amonio;En vigor
Cuando se sospeche que hay instaladas tuberías metálicas.Además, se controlarán: Cobre; Cromo total; Níquel; Hierro u otro parámetro inorgánico, cuando se sospeche que la instalación interior tiene este tipo de material instaladoEn vigor
Cuando se sospeche que hay instaladas tuberías de plástico o PVCAdemás, se controlará:Cloruro de vinilo y Bisfenol a.Control Bisfenol a desde enero 2024 y cumplimiento parámetros enero 2025

Además, si se realiza cloración a través de depósito intermedio, lo descrito en la tabla anterior y agregar:

ANÁLISIS COMPLETO
Escherichia coli; Enterococo intestinal; Clostridium perfringens (incluidas las esporas)Acrilamida; Antimonio; Arsénico; Benceno; Benzo(a)pireno; Bisfenol a, Boro; Bromato; Cadmio; Cianuro total; Cloruro de Vinilo; Cobre; Cromo total; 1,2-Dicloroetano; Epiclorhidrina; Fluoruro; Mercurio; Níquel; Nitrato; Nitritos; Plomo; Selenio; UranioPlaguicidas: al menos, los que señale la autoridad sanitaria;∑20 PFAS; ∑n Plaguicidas; ∑4 Hidrocarburos Policíclicos Aromáticos; ∑2 Tricloroeteno + Tetracloroeteno; ∑5 Acidos Haloacéticos, ∑4 Trihalometanos,Bacterias coliformes; Recuento de colonias a 22 ºC; Colífagos somáticosColor; Olor; Sabor; (con kit o en laboratorio)pH; Aluminio; Amonio; Cloruro; Conductividad; Hierro; Manganeso; Índice de Langelier, Sodio; Sulfato. Turbidez, Clorato, Clorito, Cloro combinado residual, Cloro libre residual

A tener en cuenta estos plazos: Disposición adicional séptima. Aplicación de lo dispuesto en los anexos I, II y IV  del RD3/23 en la industria alimentaria

1. Los operadores deberán controlar los nuevos parámetros del anexo I, parte B: Bisfenol a, clorito y clorato, ∑5 ácidos haloacéticos, 4 PFAS, uranio y los parámetros de la Lista de observación nacional, no más tarde del 2 de enero de 2024.

2. Los operadores deberán cumplir los valores paramétricos de los nuevos parámetros del anexo I, parte B: Bisfenol a, clorito y clorato, ∑5 ácidos haloacéticos, 4 PFAS y uranio, no más tarde del 2 de enero de 2025.

3. Los operadores deberán controlar la ∑20 PFAS, no más tarde del 2 de enero de 2025 y cumplir con el valor paramétrico no más tarde del 2 de enero de 2026.

4. La frecuencia de muestreo y tipos de análisis señalados en el anexo II se deberán aplicar a partir del 2 de enero de 2023.

PLANTILLA CONTROL DE RUTINA AGUA POTABLE

Como aplicar la nueva legislación de agua potable en industrias de frutas y hortalizas 1 - Compensa Agroinnovación

Aquí enlace a plantilla:

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