Nos preguntan muchos clientes recientemente.
Definición:
Se considerará Operador comercial de frutas y hortalizas frescas cualquier persona física o jurídica que tenga en su posesión frutas y hortalizas frescas sujetas a normas de comercialización con destino a su exposición para la venta, a su puesta a la venta o su comercialización de cualquier otra manera, por cuenta propia o por cuenta de terceros en el ámbito territorial de Andalucía.
El número de Operador: estará formado por el código de la provincia, una barra (/) el CIF, una barra (/) y tres dígitos que serán identificativos de la instalación.
Hay que inscribirse, usando la ficha I y hacer una declaración de los productos comercializados (Anexo II) en un periodo concreto, en el año.
Sin embargo, esto NO autoriza al uso del adhesivo, que lleva otra solicitud extra (Anexo III)
El modelo del adhseivo, que se puede incluir en las cajas se puede ver aqui: